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Esto «por incumplir lo dispuesto en la ley de cuotas», debido a que en su calidad de mandatario para la vigencia 2016 «designó a tres mujeres y nueve hombres en los 12 empleos de máximo nivel decisorio de la alcaldía de Santa Marta, incumpliendo lo dispuesto en la Ley 581 de 2000, por no permitir la participación mínima de la mujer, correspondiente por lo menos al 30 %».
Al parecer el exalcalde vulneró el principio de igualdad que se debe procurar para proteger los espacios importantes reconocidos a las mujeres, y fomentar la inclusión del género femenino en los cargos de dirección de las diferentes ramas del poder público y demás organismos del Estado.
«Teniendo en cuenta que el sancionado ya no está vinculado a la Alcaldía de Santa Marta, la suspensión se convertirá en salarios de acuerdo con el monto de lo devengado para el momento de la comisión de la falta», se lee.
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