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Sin embargo, la Dian no está viendo estos números reflejados en el recaudo de enero. Ante este incumplimiento, la entidad tomará acciones de cobro, incluidas las penales previstas en la ley.
“Vale recordar que cuando se declara el IVA o el Impuesto al consumo y no se paga, la primera consecuencia es el recargo de intereses moratorios desde el día siguiente al vencimiento del plazo para declarar y pagar”, precisó la Dian en un comunicado.
Agregan que el interés moratorio sobre los impuestos no consignados se liquida diariamente a la tasa de interés vigente: hasta el 31 de marzo es de 31,3 %; en el mes de febrero fue de 32,97 %; en enero de 32,98 %.
“Esto evidencia lo costoso que resulta no consignar los valores cobrados como impuesto al valor agregado o impuesto al consumo, sin contar que el incumplimiento puede derivar en denuncias ante la Fiscalía General de la Nación”, manifestó la Dian.
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