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En segunda instancia fue negada la tutela con la que Nicolás Petro buscaba que su proceso por los presuntos delitos de enriquecimiento ilícito y lavado de activos fuera declarado nulo.
En febrero el Tribunal Superior de Barranquilla le negó ese recurso interpuesto por la defensa del hijo del presidente Gustavo Petro en el que solicitaba la nulidad del proceso que se lleva en su contra por supuesta falta de garantías.
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«En efecto, la Sala no avista la violación de derechos fundamentales que invoca el accionante, no solo porque la decisión censurada por vía de tutela viene suficientemente razonada y coincide en esencia con lo dicho en reiterada jurisprudencia por la Sala Penal de la Corte», señaló ese documento.
Sin embargo, en su momento Diego Henao, abogado de Nicolás Petro, explicó que la Corte Suprema de Justicia debía ser la que resolviera, en segunda instancia, esa acción judicial.
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Este miércoles 10 de abril, el alto tribunal se pronunció y rechazó la tutela argumentando que no existió esa violación a los derechos del hijo del presidente debido a que contó con los espacios legales para presentar recursos contra la decisión del juez de rechazar esa nulidad.
Además la Corte sostuvo que el asunto penal se encuentra trámite, «es decir, sigue abierta una vía propicia para que el señor Petro Burgos pueda ejercer sus derechos y desplegar los actos de defensa que considere convenientes».
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